1/12/11

Puntos referentes a las Resoluciones de Alcaldía (pleno ordinario Nov 2011)

El último pleno celebrado en Chiva correspondiente al mes de noviembre, finalizado por cierto de un modo algo peculiar tras el desalojo de todos los que allí nos encontrábamos por orden del alcalde, no fue de un gran interés si a los puntos del orden del día nos referimos. Lamentablemente finalizó al más puro estilo del circo (con todos mis respetos hacia los payasos, que se ganan la vida dignamente).

El primer punto, en el que se daban cuenta de las resoluciones de alcaldía, correspondientes a julio, agosto y septiembre (nada menos, se nota que la información la dosifican porque posiblemente no les interese proporcionarla en tiempo y forma) ya hubo varias por las que preguntamos tras llamarnos la atención. Antes de comenzar, me gustaría decirle al Sr. Alcalde que haga  los deberes  y no pida tanto en los plenos que lo hagamos la oposición haciendo gala del populismo, puesto que la cantidad de resoluciones de alcaldía para dar cuenta en el pleno es exagerada y para más inri vienen de este verano. ¡Ejemplo!

La primera resolución nos informaba de un pleito contra el Ayuntamiento interpuesto por Bodegas Vinival, del que el alcalde no nos quiso contestar, alegando no recordar dicho contencioso, aunque se comprometió a hacer los deberes e informarnos en el siguiente pleno (no hay quien se lo trague y además ya había nombrado hasta abogado). La siguiente resolución por la que preguntamos,  referente a un trabajador que ha ganado todos los juicios contra el Ayuntamiento, el alcalde todavía no sabía el importe a pagar en concepto de indemnización pese a que desde junio se les pidió que lo calcularan (importe por cierto, a pagar por el pueblo de Chiva, -errores imperdonables del equipo de gobierno-una vez más). Pero la resolución más llamativa fue la que hacía referencia a las productividades de los trabajadores, y conocidas como retribuciones por especial rendimiento, cuyas cuantías oscilan entre los 28 y los 700 euros, que perciben 37 trabajadores y cuyo reparto es cuanto menos difuso. No sabemos si todos los trabajadores pueden acceder a ella, no sabemos con qué criterio se conceden, pero lo que sí sabemos es que las concede el alcalde según considera. Las preguntas que surgen son más que claras: ¿Estas retribuciones por especial rendimiento son proporcionadas? ¿no consideran un tanto abusivo productividades que oscilan entre los 500 y 700 euros? ¿Qué trabajo tan "importante" o "imprescindible"  puede realizar una persona, para llevarse más de 6000 euros anuales en productividad?
Señor alcalde, usted afirma que es lícito pero desde aquí le pregunto si es ético cuando para más inri, ¡las horas extras que realizan los trabajadores ni se pagan!. Los malos tiempos parece que van para largo y para la gran mayoría, pero queda más que claro que no para todos aquéllos que son “imprescindibles” en el Ayuntamiento de Chiva, si entendemos que por esa productividad deben realizar un trabajo cuanto menos extraordinario.







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